lunes, 1 de septiembre de 2008

Politica comercial

La política comercial común de la UE

La política comercial de la República Checa, desde el año 2004 está ligada más estrechamente con las reglamentaciones de la Unión Europea. Formalmente ya no puede realizar una política comercial independiente con respecto a terceros países, sin embargo puede implantar sus intereses por intermedio de los ministerios y agencias de exportación correspondientes.
La formación y ejecución de la política comercial, después del ingreso de la República checa a la Unión Europea, sufre transformaciones sustanciales, materiales e institucionales; el ascenso del comercio “exterior” checo adquiere completamente nueva forma. Debido a que cambió la situación de la República Checa en las relaciones comerciales con los estados miembros de la UE, la República Checa en el mercado interior unificado de la UE actúa en su nuevo papel también como socio comercial de terceros países; con la membresía en la UE, la República Checa formalmente renunció el derecho de realizar una política comercial independiente respecto a aquellos. Sin embargo, no significa del todo que renuncia a los intereses que tiene en los mercados de terceros países. Al contrario, la República Checa tiene la oportunidad de implantarlos nueva y activamente por intermedio de las estructuras de la UE – por intermedio de la política comercial común de la UE. Esto significa que la República Checa no debería tener el derecho de negociar independientemente contratos con terceros países.


¿En qué consiste la política comercial común?


La política comercial común de la Unión Europea resuelve, en particular, las siguientes cuestiones:
Relaciones comerciales exteriores de UE
oDe carácter multilateral: con respecto a la Organización Mundial del Comercio (WTO), más adelante, respecto a la Organización para la Cooperación Económica y Desarrollo (OECD), con respecto a los acuerdos internacionales de materias primas (artículos) y organizaciones (por ejemplo, Acuerdo Internacional sobre el café, Acuerdo Internacional sobre la madera tropical, Organización Internacional sobre el cacao).
oDe carácter bilateral y regional: cuestiones de política comercial común con terceros países y con las regiones de las que, estos países son miembros).
Instrumentos de protección contra dumpings, importaciones aumentadas y subvencionadas de terceros países y regulación de los obstáculos comerciales.
Comercio con productos siderúrgicos – con la Federación Rusa, Ucrania, Kazajistán, Macedonia, Rumania y Moldavia
Comercio con productos textiles y de confección – con China, Bielorrusia, Federación Rusa, Ucrania, Uzbekistán y Vietnam.
Otros

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